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TEMA: Aprobada nueva Ley de la Eutanasia.

Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 22 Dic 2020 21:41 #58878

  • Castlelita
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Alma escribió:
Un muerto es una tragedia, un millón de muertos una estadística.

Marco Aurelio, lo que acabas de contar me ha sobrecogido. Qué pasó con ese paciente? Quiero pensar que tendría días en que la vida le resultaría soportable. Que alguien sufra hasta el punto de pedir día tras día la muerte... Es insufrible hasta en el pensamiento.

No puedo estar más de acuerdo...A menudo se nos olvida la diferencia que hay entre dolor y sufrimiento. Para éste último no hay cuidados paliativos...
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 22 Dic 2020 23:06 #58881

  • Marcoaurelio
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Alma escribió:
Marco Aurelio, lo que acabas de contar me ha sobrecogido. Qué pasó con ese paciente? Quiero pensar que tendría días en que la vida le resultaría soportable. Que alguien sufra hasta el punto de pedir día tras día la muerte... Es insufrible hasta en el pensamiento.

Si no recuerdo mal se llamaba Antonio. Estuvo ingresado en la planta de neurologia mucho tiempo (quizás un mes o más). No recuerdo si murió en nuestra planta o más tarde. Creo que no le visitaba nadie o casi nadie (siempre le encontrábamos solo). De esto hace más de 35 años. Entonces no había nada: ni ventilación ambulatoria, ni paliativos, ni -por supuesto- eutanasia. Así que se tuvo que apañar él solito (que tampoco podía hacer nada por su parálisis). No hicimos nada, no podíamos hacer nada. Si hubiera estado permitido, desde luego que le hubiéramos ayudado. Le acompañábamos (aunque, la verdad, nos daba mucho apuro- éramos muy jóvenes).

Por esa misma época, el que había sido mi profesor de lengua y literatura de COU, sufrió (con 40 años) un Ictus que tuvo como consecuencia que quedara en un estado de Locked-in o síndrome del cautiverio (estado mental intacto con tetraplegia y anartria. Sensibilidad conservada). Los únicos movimientos voluntarios que podía ejecutar eran la apertura y el cierre palpebral. Se comunicaba a través de ellos. Vivió seis meses en el hospital, siempre acompañado de su esposa, hasta que una infección acabó con él. Previamente había sido religioso, pero abandonó los hábitos. Como profesor era brillante y excelente. No me consta que manifestara voluntad de morir.
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 23 Dic 2020 00:03 #58883

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Menos mal, Marcoaurelio, que vienes a explicarnos cuándo morir es mejor que vivir. Yo lo supe cuando mi padre, vital a más no poder, se vio ingresado en una UCI aquejado de un tumor maligno y muy agresivo. Estuvo cuatro semanas larguísimas. Atado de pies y manos con unos trozos de sábanas porque parece ser que no había algo un poco más coherente por allí. Lo hacían por si se caía, normal, una persona moribunda igual tiene momentos de lucidez y es posible que quiera salir corriendo de una cama de cuidados intensivos donde ya se le está dando por muerto.

Recuerdo en la semana cuatro cuando nos dijeron que podíamos entrar solo dos familiares para despedirnos de él porque le iban a "desenchufar" de toda ayuda artificial. Fue penoso cuando mi hermana y yo nos acercamos a él y en un impulso natural le empezamos a acariciar, hablándole de toda la familia y de cómo deseábamos que el tránsito a la "otra vida" le fuera bien. Nuestra sorpresa fue cuando el médico se nos acercó y nos dijo que mejor no le tocáramos, que igual podía sentir algo y que era mejor que le dejáramos marchar. ¿¿¿¿???? Pedí por favor que nos dejaran una habitación donde poder estar a su lado, ayudándole a su marcha, pedí por favor que nos dejaran trasladarlo a nuestra casa, su casa, acompañados del equipo médico necesario. Todo fue inútil. Mi padre murió solo. Sin acompañamiento de la familia. En una UCI.

Si hubiera existido la ley de eutanasia, todo el que hubiera rodeado a mi padre habría sido una ayuda para su marcha. Estoy convencida.
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 23 Dic 2020 07:11 #58887

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Hola Anuska.
Lamento mucho la experiencia que describes y que encaja con lo que yo he vivido profesionalmente. Realmente, no sabemos (por lo menos, yo lo desconozco) qué siente o qué piensa (si es que piensa o siente) el enfermo en estas situaciones límite, terminales, cuando está sedado y o neurológicamente muy afectado. Mi consejo ha sido siempre el contrario al que tú describes: recomendar estar con él, hablarle, tocarle, llorar con él,... eso suele confortar a los familiares, pero lo que percibe el paciente y cómo lo interpreta y siente, para mí, sigue siendo un enigma. Los enfermos que se recuperan de un coma o que despiertan después de un período de sedación inducida médicamente, no suelen referir recuerdos de esa etapa. Es como si no existiera. Y si recuerdan algo más bien se asemeja a un sueño.
Un abrazo

Edito: cuando digo contrario al que tú describes, me refiero al consejo que os dio el médico que atendió a tu padre. Al releer mi mensaje he pensado que podía interpretarse de forma equívoca.
Última Edición: 24 Dic 2020 12:10 por Marcoaurelio.
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 23 Dic 2020 18:35 #58892

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Hola Marcoaurelio

Aquí te/les dejo las conclusiones finales del Informe del Comité de Bioética de España sobre el final de la vida y la atención en el proceso de morir, en el marco del debate sobre la regulación de la Eutanasia: Propuesta para la reflexión y la deliberación.

Muy posiblemente, o mejor dicho, con casi total seguridad, conocerás el documento. En cualquier caso aquí lo dejo para todos aquellos que los desconozcan. Dicho informe consta de 74 páginas y es de fecha 6 de Octubre de 2020

“UNA EXPERIENCIA PARA OBSERVAR: PONER FIN ANTICIPADO AL ENJUICIMIENTO PENAL POR EUTANASIA

De los argumentos expuestos a lo largo del informe se concluye la falta de justificación, no solo ética y legal, sino también sanitaria y social, para crear un derecho a la eutanasia y/o auxilio al suicidio. Igualmente, se concluye que todas las personas tienen derecho a no sufrir dolor, menos aún en las fases de mayor vulnerabilidad, como son las de determinadas enfermedades crónicas o en final de la vida. De ahí que el Comité de Bioética de España contemple la posibilidad de protocolizar el recurso a la sedación paliativa en algunos supuestos de sufrimiento existencial refractario.

El Comité tampoco es ajeno a los casos excepcionales de aquellas personas que, en circunstancias trágicas, han ayudado a morir a un ser querido que venía solicitando insistentemente acabar con su vida. Por ello, ha explorado las iniciativas existentes en otros países de nuestro entorno dirigidas a la descriminalización anticipada de algunos de esos casos concretos, manteniéndose en el sistema legal la prohibición de la eutanasia y auxilio al suicidio.

El Reino Unido aprobó unos criterios vinculantes para las autoridades policiales y judiciales encargadas de la investigación de los delitos relacionados con el suicidio asistido y del procesamiento de sus autores, de febrero de 2010 y actualizadas en octubre de 2014 (Suicide: Policy for Prosecutors in Respect of Cases of Encouraging or Assisting Suicide, Legal Guidance, Violent crime, Issued by The Director of Public Prosecutions). En ellos se establece que, pese a la prohibición penal del auxilio al suicidio, en determinados casos concretos pueden concurrir factores de interés público que informen en contra de su enjuiciamiento penal. Tales factores, según detallan los criterios, son: 1) que la víctima hubiera tomado una decisión voluntaria, clara, decidida e informada de suicidarse; 2) que el sospechoso actuara totalmente motivado por la compasión; 3) que las acciones del sospechoso, aunque suficientes para entrar en la definición del delito, fueran solo de menor asistencia; 4) que el sospechoso hubiera tratado de disuadir a la 72 víctima de tomar el curso de acción que resultó en su suicidio; 5) que las acciones del sospechoso pudieran caracterizarse como asistencia renuente ante el deseo determinado de la víctima de suicidarse; 6) que el sospechoso denunciara el suicidio de la víctima a la policía y colaborara plenamente en sus investigaciones sobre las circunstancias del suicidio y su participación.

Esta opción de mantener la eutanasia y/o auxilio al suicidio como actos prohibidos penalmente, pero regulando a través de unas guías o una circular unos criterios de no enjuiciamiento penal, es la opción por la que optan varios de los miembros del Comité de Bioética de Austria (Bioethikkommission) en su Informe sobre morir con dignidad, de 19 de febrero de 2015. Éstos proponen no modificar la regulación penal, manteniendo la prohibición del auxilio al suicidio, pero sí desarrollar unas pautas obligatorias para las autoridades policiales y judiciales en casos muy específicos de suicidio asistido. Ello, entienden que aumentaría la seguridad jurídica dentro del marco legal existente y sería más apropiado para los casos singulares complejos que una regulación general que modifique el Código Penal.

También, el Comité Consultivo Nacional de Ética sobre la salud y las ciencias de la vida de Francia (Comité Consultatif National d´Ethique) en su Opinión núm. 63, de 27 de enero de 2000, sobre final de la vida y eutanasia, propuso que, manteniendo en el sistema legal la prohibición penal de la eutanasia y/o auxilio al suicidio como expresión de la importancia que la protección de la vida tiene, pudiera insertarse en el Código Penal una “excepción a la eutanasia” que facultara a los jueces a poner fin a los procesos penales que pudieran iniciarse con ocasión de un acto concreto de aplicación de la eutanasia, dependiendo de las circunstancias y su motivación. Hasta el momento, ni Austria ni Francia han aprobado protocolos de esas características.

Ciertamente puede resultar paradójico que la regla general de protección de la vida como expresión del principal valor en el que se funda nuestra convivencia pueda completarse con una excepción que permita, aunque sea valorada la conducta a posteriori, que acabar con la vida de una persona no tenga consecuencias penales. Pero, quizás, en nuestras actuales sociedades las paradojas sean el único camino hacia el acuerdo y uno de los pocos espacios en los que la norma legal encuentra más fácil acomodo. En todo caso, también debemos recordar que en el mundo jurídico la excepción a la regla general no es algo impropio o extraño, porque precisamente la regla se construye sobre la base de unos casos comunes o prototípicos que en ciertas ocasiones muestran alguna incongruencia en su aplicación a la realidad.

A tal posibilidad hace mención precisamente el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la Sentencia dictada en el paradigmático caso de Pretty c. Reino Unido, cuando señala que no parece arbitrario que un sistema legal recoja la importancia de la protección de la vida a través de una prohibición de la eutanasia y auxilio al suicidio y, al mismo tiempo, incorpore un sistema que permita atender a las circunstancias concretas que han podido concurrir en cada caso, al público interés en llevar el caso a un enjuiciamiento, o los requisitos justos y apropiados de retribución y disuasión (ap. 76).

No se le escapa al Comité de Bioética de España que tal opción podría acarrear los mismos problemas que hemos detallado antes que creemos que probablemente se produzcan si se aprueba un derecho subjetivo a la eutanasia y/o auxilio al suicidio. Pensamos que conviene estar atentos a la evolución de la experiencia británica y a las iniciativas de ese tipo que se puedan materializar en otros Estados. En todo caso, el ejemplo de Países Bajos nos da buena cuenta también de los riesgos de estas iniciativas. Como ya se ha señalado en este informe, el Código Penal español regula el tipo penal de eutanasia y auxilio al suicidio (artículo 143.4) de forma que, al tiempo que preserva la protección de la vida, es sensible a situaciones completamente singulares en las que quizá no tiene sentido una condena efectiva de prisión o una condena como sería la de un homicidio.

Este Comité considera imprescindible que la sociedad española lleve a cabo un debate suficientemente informado, que todavía no ha tenido lugar a pesar de la trascendencia de la materia, sobre qué es la eutanasia, qué consecuencias trae consigo su legalización, y qué acciones se pueden llevar a cabo para garantizar a todos los ciudadanos un adecuado acompañamiento y el alivio del sufrimiento en su proceso de morir y, por ende, una muerte en paz. Nosotros queremos contribuir a ello, como ya se ha dicho anteriormente, con la publicación de este Informe que, además de argumentos para la reflexión, contiene propuestas dirigidas a lo que todos queremos: tener una muerte sin dolor, serena y en paz.

CONCLUSIONES

A lo largo de este informe hemos visto que existen sólidas razones para rechazar la transformación de la eutanasia y/o auxilio al suicidio en un derecho subjetivo y en una prestación pública. Y ello no solo por razones del contexto social y sanitario, sino, más allá, por razones de fundamentación ética de la vida, dignidad y autonomía. El deseo de una persona de que un tercero o el propio Estado acabe con su vida, directa o indirectamente, en aquellos casos de gran sufrimiento físico y/o psíquico debe ser siempre mirado con compasión, y atendido con una actuación compasiva eficaz que conduzca a evitar los dolores y procurar una muerte en paz. Sin embargo, tal compasión no consideramos que legitime ética y legalmente una solicitud que, ni encuentra respaldo en una verdadera autonomía, atendido el contexto actual de los cuidados paliativos y sociosanitarios, ni, además, queda limitada en sus efectos al propio espacio privado del individuo. Legalizar la eutanasia y/o auxilio al suicidio supone iniciar un camino de 74 desvalor de la protección de la vida humana cuyas fronteras son harto difíciles de prever, como la experiencia de nuestro entorno nos muestra.

Por otro lado, la eutanasia y/o auxilio al suicidio no son signos de progreso sino un retroceso de la civilización, ya que en un contexto en que el valor de la vida humana con frecuencia se condiciona a criterios de utilidad social, interés económico, responsabilidades familiares y cargas o gasto público, la legalización de la muerte temprana agregaría un nuevo conjunto de problemas.

La mirada compasiva con la que hemos insistido a lo largo del Informe que debe ser apreciada la solicitud del sujeto que pide la eutanasia y/o auxilio al suicidio creemos que ya está recogida normativamente en nuestro Código Penal, y ello explica que en España el ingreso en prisión por actos eutanásicos sea algo no solo insólito, sino desconocido en las últimas décadas.

La protección integral y compasiva de la vida nos lleva a proponer la protocolización, en el contexto de la buena praxis médica, del recurso a la sedación paliativa frente a casos específicos de sufrimiento existencial refractario. Ello, junto a la efectiva universalización de los cuidados paliativos y la mejora de las medidas y recursos de apoyo sociosanitario, con especial referencia al apoyo a la enfermedad mental y la discapacidad, debieran constituir, ética y socialmente, el camino a emprender de manera inmediata, y no la de proclamar un derecho a acabar con la propia vida a través de una prestación pública.

Lo dicho, además, cobra aún más sentido tras los terribles acontecimientos que hemos vivido pocos meses atrás, cuando miles de nuestros mayores han fallecido en circunstancias muy alejadas de lo que no solo es una vida digna, sino también de una muerte mínimamente digna. Responder con la eutanasia a la “deuda” que nuestra sociedad ha contraído con nuestros mayores tras tales acontecimientos no parece el auténtico camino al que nos llama una ética del cuidado, de la responsabilidad y la reciprocidad y solidaridad intergeneracional.

En Madrid, a 6 de octubre de 2020.”


Un saludo y feliz navidad
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 24 Dic 2020 11:53 #58897

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Gracias Elías. He leído el documento. Creo que aborda muchos aspectos que invitan a la reflexión pausada y a una mayor profundización teórica y vital sobre el tema. Manifiesta muchas prevenciones (creo que justificadas) que obligan a ser muy prudentes. No obstante, mi posición como profesional y mi opción vital personal creo que ya quedan reflejadas en mi intervención previa.


Un saludo y ¡Felices Fiestas!
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 25 Dic 2020 16:20 #58919

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elías escribió:

Entiendo perfectamente que trates de defender tu posición pero lo que ya no entiendo es que, y al igual que otras personas del foro, traten de refutar mi posición inventándose lo que digo o dando a entender lo que no he dicho. Que te parecería que yo dijera que tú lo que buscas es matar a las personas y cuando tú me aclararas que no es eso lo que deseas yo volviera, y mensaje tras mensaje, repitiendo que tú lo que quieres es matar a las personas.

Te debo una disculpa. En ningún momento he pretendido tergiversar tu punto de vista, simplemente lo he malinterpretado.

De hecho, sigo sin estar seguro de entender totalmente tu postura. Afirmas que no estás en contra de la eutanasia activa directa pero tus argumentos van dirigidos contra la legalización de la eutanasia. Lo que interpreto ahora, ya me dirás si correctamente, es que no consideras que la eutanasia sea inmoral pero te opones a su legalización. Lo que creo que sí que aceptas es que en ciertas circunstancias excepcionales la ley, a pesar de prohibir la eutanasia, no castigue a quien se la suministra a alguien.

P.-Dices: “Que los casos en que es necesaria la eutanasia sean excepcionales no tiene nada de sorprendente. Se trata de casos extremos, menos mal que son excepcionales. Pero legislar sobre tales casos no es convertir la excepción en ley, es legislar sobre la excepción.”

R.-¿Te has leído el proyecto de ley? Cuando lo hagas si quieres seguimos con la conversación.


A partir de la interpretación anterior, entiendo que es en ese sentido en el que dices que este proyecto de ley, que sí que me he leído, convierte la excepción en ley. Pero sigo sin estar de acuerdo. Prohibir la eutanasia pero no castigar a quienes la suministren en ciertos casos no resuelve la cuestión. No todo el mundo cuenta con alguien dispuesto a saltarse la ley por él. Las leyes no han de dejar a la gente en una situación en que dependan de la compasión ajena. Ese tipo de leyes me parecen una chapuza. La eutanasia es un delito, pero, puesto que en ciertos casos puede ser lo correcto, permitimos que se cometa el delito. Eso sería, en mi opinión, una estupidez, si en ciertos casos la eutanasia es lo correcto, que se legisle de modo que pueda aplicarse en esos casos y de modo que se garantice su aplicación si el interesado así lo desea.


P.-Dices: “En cuanto a la idea de que el suicidio no es inmoral pero el suicidio asistido sí: ¿por qué? ¿Porque se puede hacer encajar con la definición de asesinato?”

R.-Pregúntale a quien haya dicho que el suicidio asistido es inmoral. Después, si quieres, seguimos con la conversación.

Si no consideras que el suicidio asistido sea inmoral, ¿te opones a su legalización por razones puramente pragmáticas (peligro de que ello dificulte que se organicen adecuadamente los paliativos, peligro de que se use de manera inadecuada, etc.)?
Última Edición: 25 Dic 2020 16:22 por rdomenech31.
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 25 Dic 2020 17:40 #58920

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No te preocupes, rdomenech, es que nos pasa a (casi) todos. Elías es el forero más malinterpretado de todos los tiempos :lol: Eso sí, después de unos cuantos mensajes de longitud similar a la de las antiguas guías telefónicas, acabarás, aunque sólo sea tímidamente, por avistar las profundidades abismales a las que te ha arrastrado, y amablemente le dirás que empiezas a entender su punto de vista pero que no lo compartes, y os despediréis cordialmente deseándoos mutuamente felices fiestas. Fijo.
Última Edición: 25 Dic 2020 17:58 por Alma.
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 25 Dic 2020 20:38 #58924

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Pero rdomenech 31, haberme dicho que mis intervenciones te resultaban un tostón. Así que seré bastante breve

Te recomiendo que leas el informe del Comité de Bioética (Sí, ya lo sé, son varías guías telefónicas juntas)

Te recomiendo que leas las críticas a esta ley realizadas por parte de la sociedad española de psiquiatría por considerar que dicha ley no aclara qué ocurre con los enfermos psiquiátricos ni cómo acreditar su voluntad de morir.

Te recomiendo que argumentes racionalmente, claro está, en contra de dichas posturas. Y no digo que no sea posible sino que es algo a lo que estás obligado.
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Aprobada nueva Ley de la Eutanasia. 25 Dic 2020 21:04 #58925

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:lol: :lol: :lol:
En la medida en que los enfermos psiquiátricos (y se debería acotar un poco más, porque enfermos "psiquiátricos" somos muchos y muy diversos) no puedan manifestar su consentimiento de forma indubitada (y aquí será tarea del profesional de la salud mental discernir si los enfermos, a su vez, tienen discernimiento en este punto), es arriesgado suponer que no se les va a aplicar la eutanasia? Aquí no hay reglas generales sino casos y casos.
Oye, el de la 237 pide arsénico, qué hacemos? Ni caso, de vez en cuando le dan crisis psicóticas y se cree que es Napoleón.
La de la 312 pide cianuro, se lo doy? Uf sí, lleva dos meses pidiéndolo. Cáncer.... estado avanzado. Pero padece crisis de pánico... Vale, pero cuando se le pasa la crisis sigue con la misma idea. No se va a curar, cada vez necesita más morfina y llevamos dos meses sometiéndola a exámenes psiquiátricos para evaluar su grado de comprensión frente a la situación. Es impecable. Cianuro va.

Ps. No lo pagues con rdomenech, que sólo intenta ser caballeroso. Tal vez si tomaras ejemplo y no fueras por ahí llamando lerda a la gente, te tendría un poco más de cariño. (Que ya te tengo mucho, que conste.)
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