Yo tampoco creo que sea para personas acomodadas sino de posición económica acomodada. Lapsus aparte, ¿podrías explicar más la terminología FPI, FPU, etc?
Si no he entendido mal, con el título de Ingeniero o Licenciado, tendría que matricularme en un máster y, posteriormente, ingresar en el doctorado.
La información que dan en la web es la siguiente:
La duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años, A TIEMPO COMPLETO, a contar desde la admisión del doctorando al programa hasta la presentación de la tesis doctoral.
No obstante lo anterior, y previa autorización de la comisión académica responsable del programa, podrán realizarse estudios de doctorado A TIEMPO PARCIAL. En este caso tales estudios podrán tener una duración máxima de cinco años desde la admisión al programa hasta la presentación de la tesis doctoral.
PRÓRROGAS: Si transcurrido el citado plazo de tres años, en la modalidad de a tiempo completo, no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional, en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado. En el caso de estudios a tiempo parcial la prórroga podrá autorizarse por dos años más que, asimismo, excepcionalmente, podría ampliarse por otro año adicional.
A los efectos del cómputo del periodo anterior no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente.
Asimismo, el doctorando podrá solicitar su BAJA TEMPORAL en el programa por un período máximo de un año, ampliable hasta un año más. Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la comisión académica responsable del programa, que se pronunciará sobre la procedencia de acceder a lo solicitado por el doctorando.
Por otra parte respecto a los requisitos generales tenemos la siguiente información:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Master de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Master.
Para los que venimos del plan antiguo los requisitos son los siguientes:
Acceso desde antiguos planes de estudio
Según NOTA emitida por la Secretaría General de Universidades (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), en relación con el acceso a los estudios oficiales de Doctorado regulados en el artículo 6.2.a) del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, de los poseedores de titulaciones oficiales universitarias españolas anteriores a las reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:
“… podrán acceder a un programa oficial de doctorado aquellos estudiantes que estén en posesión de una titulación universitaria oficial española obtenida conforme a anteriores ordenaciones universitarias, es decir, los Licenciados, Arquitectos, Ingenieros, Diplomados, Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos (títulos que habilitan para el acceso a enseñanzas de Master Universitario) y que hayan superado en el conjunto
de estudios universitarios oficiales un mínimo de 300 créditos ECTS, de los cuales, al menos 60 habrán de ser de nivel de Master.
De acuerdo con lo anterior, corresponde a cada universidad, de conformidad con su normativa específica, determinar tanto las equivalencias entre los créditos LRU (propios de las anteriores titulaciones) y los créditos ECTS, como los criterios de valoración de los 60 créditos ECTS que, al menos, deban ser considerados como créditos de nivel de Master, a los efectos de que estos titulados accedan a los estudios de doctorado”.
Atendiendo a dicha recomendación, tomando como referencia el artículo 4.1 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, según el cual “el número total de créditos establecido en los planes de estudios para cada curso académico será de 60”; el Consejo de Gobierno de la UNED, en su reunión del día 29 de abril de 2014, aprobó la siguiente tabla de equivalencias
TABLA DE EQUIVALENCIAS TITULACIONES L.R.U. Y CRÉDITOS ECTS
Licenciaturas de 5 cursos: 300 créditos ECTS
Titulaciones de más de 5 cursos: 60 créditos ECTS por cada curso
Diplomaturas y Arquitecturas e Ingenierías Técnicas: 180 créditos ECTS
Criterios de valoración de 60 créditos ECTS de nivel de Máster: A determinar por las
Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado
Yo tengo el título de Ingeniero antiguo (6 años + Proyecto), supongo que con esto sería suficiente para que me admitieran en los cursos de Doctorado. De todas formas, en el caso que tuviera que realizar un máster, supongo que me convalidarían algunas asignaturas, ¿no? (me refiero a las cursadas en la licenciatura de Filosofía).
Finalmente Tasia, materialmente, ¿cómo está estructurado el Doctorado en la actualidad? Quiero decir, ¿qué se hace en esos tres años?