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TEMA: Bibliografia básica

Bibliografia básica 28 Mar 2018 08:58 #43211

  • elías
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Pues, Raven, traes un caso adecuado porque precisamente eso es lo que trato de decir. Vamos a ver, si antes, y como dices, era suficiente la veracidad del agente no es que unos jueces lo interpretaran de una forma y otros de otra porque la ley sea interpretable sino que la interpretación mayoritaria sería que la simple palabra del agente era suficiente. Que ahora cambia la ley, y porque el fin que se persigue es una mayor seguridad jurídica, y ya no es suficiente con la palabra de una agente es otra cuestión bien diferente. Efectivamente, ahora ya no es suficiente con la palabra de un agente. Ahora se pregunta ¿Se le leyeron sus derechos? ¿Tenían una orden de entrada y registro? ¿Las grabaciones que incriminan a una persona se obtuvieron de forma legal o ilegal?

¿Pero qué significa todo ello? ¿Que acaso un juez interpreta que la ley lo que nos dice es que no hay que tener en cuenta si se le leyeron los derechos, si tenían orden de entrada y registro o si las grabaciones se obtuvieron de forma legal o ilegal? ¿Y claro, como las leyes son interpretables, pues entonces unos interpretarán (jueces, abogados y fiscales) que esas cuestiones son meros formalismos que no hay que tener en cuenta mientras que otros (jueces, abogados y fiscales) consideraran que son de vital importancia? Y allá cada uno con su interpretación.

Al parecer tuviste mucha suerte. Porque si te hubiese tocado un juez que hubiese interpretado que para probar que el vehículo que conducías tú u otra persona iba a una velocidad superior a la que establece el límite de velocidad no es necesaria una foto de radar en que aparezca claramente, de forma que se pueda identificar, la matrícula del vehículo, pues te hubiesen multado. Y qué ibas a decir entonces. Supongo que lo que dirías es: “Bueno, el juez lo interpretó así, porque todo es interpretable, y por tanto, no tengo nada que decir? Lo dudo, entonces seguro que dirías que la ley es muy clara y que no cabe interpretación posible.

Ahora bien, y efectivamente, todas las cuestiones no son tan fáciles como en este ejemplo. Vayamos con la ley de protección intelectual. En un momento determinado y por las razones que fuera, los legisladores consideran que debe de ser protegido el trabajo intelectual. Por supuesto que habrá personas que consideren que no debe de ser protegido. Es decir, en relación a si debe o no legislar sobre tal materia y en qué sentido debe de hacerse, es algo sobre lo que todo el mundo puede tener su opinión y discrepar entre sí.

Pero resulta, y por el juego de las mayorías, que se decide legislar y se presenta un anteproyecto de ley que se debate, y se aceptan o no las diferentes enmiendas (total o parcialmente), hasta que finalmente se aprueba un determinado texto.

Pero es que las leyes hay que redactarlas. Y se podrán redactar mejor o peor. Esto ya supone una fuente de problemas. Según se redacte mejor o peor dará lugar a mayor o menor número de interpretaciones. Pero no de la ley en general sino de determinados artículos que o no están suficientemente claros o entran en contradicción con otros artículos. ¿Pero significara ello que cuando se legisla sobre una determinada materia no se hace persiguiendo un determinado fin? ¿Alguien realmente se cree que cuando un legislador legisla sobre una determinada cuestión no persigue un fin determinado? Es que precisamente en la exposición de motivos de toda ley se especifica cuál es el motivo y la finalidad de tal ley (es el “espíritu” de la ley). Por eso podemos hablar de fraude de ley. Podemos hablar de fraude de ley precisamente porque todos tenemos claro cuál era la finalidad de ley, pero debido a que se ha redactado de forma ambigua o porque unos artículos entran en contradicción con otros, a la persona no se la sanciona cuando la finalidad de la ley era sancionar tales acciones.

Sería quimérico pensar que un legislador cree que una ley es perfecta o que dicha ley recoge todos los supuestos presentes y futuros y por tanto que va a acabar definitiva y totalmente con aquellos delitos que se desean perseguir. Eso simplemente no se lo cree nadie y no puede ser utilizado como argumento de nada.

Vayamos al supuesto, y simplemente como mero ejemplo de lo que quiero decir, de la persona que va a una biblioteca, y sin pedir formalmente el libro, lo saca de la biblioteca y lo fotocopia. Supongamos que alguien lo denuncia y dicha denuncia se admite a trámite. Pues bien, un juez tendrá que juzgarlo. ¿Qué hará un juez en primer lugar? Pues lo que hará un juez es ver la jurisprudencia, es decir, ver si ya se han dado otros casos iguales en España y qué sentencias se han dictado. Hay varios escenarios posibles:

1.- Que sea el primer caso que se da. Pues entonces el juez, y según su leal saber y entender, dictará sentencia en uno un otro sentido.

2.- Que haya alguna sentencia. Dichas sentencias podrán ser en el mismo sentido o sentidos contrarios. El juez estudiará las razones por las cuales en esos casos se condenó o no a las personas e incluso podrá tener sus propias razones en uno u otro sentido.

3.- ¿Pero es esto un proceso ad infinitum? No, llegará un momento, y precisamente para aunar criterios de cómo debe interpretarse la situación, en que se consolide la jurisprudencia precisamente para que no ocurra que en un juzgado de Tenerife se condene a un estudiante por fotocopiar un libro sin solicitarlo formalmente a la biblioteca mientras que en un juzgado de Madrid no se lo condene por el mismo hecho y en las mismas circunstancias.

Es decir, lo que se persigue con una ley, y en la práctica, es que sea lo menos interpretable posible ajustándose al espíritu de la ley o de los fines que se desean alcanzar. Por eso no he dicho que la ley no sea interpretable sino que con carácter general no lo es.
Última Edición: 28 Mar 2018 11:03 por elías.
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Bibliografia básica 28 Mar 2018 10:48 #43212

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juan josé escribió:
Pues nada, Silvanus, ya nos comentarás, si algún día te "cazan" superando el límite de velocidad en carretera, cómo responden los de la DGT a tu interpretación de la norma.

Hay un error de mala lectura, ya asentado en unos mensajes anteriores que se establecía que la interpretación es igual a la opinión (cito: "las leyes no son interpretables. Es justo al contrario. Precisamente, y para evitar que cada uno dé una opinión diferente, es por lo que se establecen las leyes. Es que si las leyes fueran opinables o interpretables..etc.", usuario elias).

No, eso no es así. Interpretar no significa opinar. Eso lo establece quien tiene el pensamiento en blanco y negro: o sí o no, o lo uno o lo otro. Faltan matices, falta capacidad de perspectiva.

Sumado a ello, a esa mala lectura, se pasa a un siguiente nivel: el particular, al que le sancionan, es el que opina(= interpreta) acerca de la ley. No, ni mucho menos es eso, porque entraríamos en la pura arbitrariedad. Los únicos capacitados para interpretar (es decir, aplicar la ley a un determinado momento y aun determinado lugar, que finalmente incluso crean leyes) son los funcionarios acreditados y preparados académicamente para ello: jueces, abogados, etc. Jamás un particular: Mi opinión, o incluso interpretación de la ley, aunque me vea implicado en el ejemplo de la multa de velocidad, no importa nada. Pero sí la de mis abogados, y por supuesto la del juez: ahí sí que se interpreta la ley (aplica, argumenta, etc. pero no opina) a la circunstancia y dentro del contexto concreto. Un buen abogado, o grupo de abogados, capaces de argumentar a mi favor, podrían ser capaces de quitarme una multa, o incluso de exonerarme de algo peor (véase el mítico caso de O.J. Simpson, declarado no culpable en 1995 de doble asesinado).

Nota: no deja de sorprenderme las serias carencias que algunos tienen en la comprensión de textos (a veces pienso que se busca una mala lectura para retorcer los argumentos a favor de cada cual, pero otra veces sospecho que, siendo así reiteradamente, hay una verdera dificultad o falta de concentración). Luego, no me extrañan noticias así: ctxt.es/es/20180103/Firmas/17094/compres...ana-UE-educacion.htm

Un saludo.
Última Edición: 28 Mar 2018 11:00 por Silvanus.
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Bibliografia básica 28 Mar 2018 13:23 #43214

  • juan josé
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En primer lugar, Silvanus, te ido disculpas por mis carencias para comprender textos sencillos como el tuyo. Espero que sepas perdonar mis deficiencias intelectivas.

Estaría bien que me explicases con mas detalle, pero sin profundizar mucho no te vayan a acusar como haces tú con Elías por extenderse mucho, lo de

Silvanus escribió:

... Ahí se establece la libertad de expresión. Sólo vulnerable en caso de ENALTECIMIENTO (eso no sería hablar), amenazas, etc.

Parece que dices que enaltecer o amenazar no es hablar. Supongo que hacer apología de la pederastia o promover ilícitos contra la LPI en un foro tampoco es hablar. ¿es eso? ¿a que no se ha hablado, que sólo está escrito?

En cualquier caso, dada tu confusión entre opinar/interpretar, espero que entiendas que quienes puedan tener responsabilidades administrativas o penales, no tengan muy en cuenta la interpretación que hace de la Ley una persona oculta bajo un pseudónimo.
"Revolutionär wird der sein, der sich selbst revolutionieren kann"
Revolucionario será aquel que pueda revolucionarse a sí mismo.
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Bibliografia básica 28 Mar 2018 15:12 #43216

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No te piques ni te sientas frustrado, estimado juan josé. Si fueras coherente, como administrador te censurarías, por buscar más allá de los puros argumentos.

Yo no tengo la culpa de tus dificultades. Ni tampoco de que tu amigo del foro se enfadase y se fuera a jugar a otro sitio. ;)

(Invéntate otra cosa aparte del argumento de la multa, porque ese tiro no te ha salido). ¿Tal vez en otra ocasión? O puedes hacer como otros, que dicen una cosa y la contraria. Así siempre se tiene razón. ¿Al final la ley es o no opinable?

Enaltecer y hacer apología de algo ilegal es tomar posición a favor de ello. Yo puedo hablar sin tomar esa posición favorable. Exponer, hablar, sin más, fue lo que hizo la persona que ha creado este hilo, y cito: "Tengo bibliografía básica de Filosofía del Lenguaje y de Antropología Filosófica."

Dicha bibliografía pueden ser sus apuntes, o los libros en sí y quiere venderlos. Todo lo que vino después fue producido por vuestras reacciones. Nadie se había posicionado a favor de algo ilegal. Eso sería apología o enaltecimiento, o incluso coacción, que entraría en ese bloque.

Por cierto, ¿dónde está el límite entre hacer una copia directa de un libro y tamizarla a través de unos "apuntes"? Te propongo algo: coge los apuntes de la sección de descargas de este foro, asignatura Antropología Filosófica II, de un tal Rafel, y compáralos con el libro de marras del profesor. (Muy buenos apuntes).

Un saludo!
Última Edición: 28 Mar 2018 15:38 por Silvanus.
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Bibliografia básica 30 Mar 2018 09:24 #43217

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Silvanus, agradezco tu preocupación por mi bienestar, pero puedes estar tranquilo, no me siento frustrado. Tampoco aciertas cuando me atribuyes la administración del foro, no es así, pertenezco a la Asociación Arjai, pero no soy el administrador del foro.

Aunque si sigo señalando tus errores, acabarás quejándote por su extensión como normalmente haces con otros usuarios cuando sus publicaciones son mayores que un tuit.

En tu afán de polemizar creo que confundes las posturas. Yo mantengo que la Ley no es opinable, en cuanto a su seguimiento. Puedes opinar de ella lo que quieras como aquí estamos haciendo, pero es la que es.

A la persona que inició este hilo, simplemente se le ha explicado la imposibilidad de compartir desde este foro material con derechos de autor. La bibliografía básica de una asignatura, en un foro dedicado al estudio del grado de Filosofía en la UNED, se entiende que es la misma que la que figura en dicha asignatura. Que tú entiendas o quieras entender que se puede tratar de apuntes es algo que no podemos discutir, ya que a quien te lo quisiera rebatir le faltarían argumentos. Obviamente no es así con el caso de las leyes que resulta más fácil remitirte al BOE.

Es buena pregunta la que haces en el último párrafo. No sé responderla. Supongo que como en el mundo de la música, haya de ser un juez el que dictamine cuantos compases son necesarios que se repitan para considerarlo plagio.
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Bibliografia básica 10 Abr 2018 17:25 #43245

Juan José,
¿puedes explicarte de nuevo con respecto a tus palabras siguientes?

"Que tú entiendas o quieras entender que se puede tratar de apuntes es algo que no podemos discutir, ya que a quien te lo quisiera rebatir le faltarían argumentos".

Lo siento, pero he entendido lo que quieres decir.

Dejo en duda a "todos" sobre si se trataban de apuntes, de libros o de cualquier otro material. La cosa es que ya a estas alturas parece que no se mira bien que alguien quiera ofrecer lo que tiene. Además, yo no iba a colgar nada. Lo iba a enviar por email.

Cada cual lee lo que quiere leer, o interpreta lo que quiere interpretar. Mejor aclarar las cosas antes de que se interprete mal. De ahí que prefiero que me expliques parte de tu texto que no entendí.
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Bibliografia básica 11 Abr 2018 22:30 #43249

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Bibliografia básica 12 Abr 2018 17:59 #43253

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VICKYCS escribió:

Cada cual lee lo que quiere leer, o interpreta lo que quiere interpretar. Mejor aclarar las cosas antes de que se interprete mal. De ahí que prefiero que me expliques parte de tu texto que no entendí.

Al principio de este hilo se ha intentado explicar por qué en este foro no se puede colaborar con la distribución de obras que tengan derechos de autor. No es solamente que no se puedan subir este tipo de obras, sino que según la LPNI tampoco se puede facilitar su divulgación. Es una norma que está ahí, al margen de que guste o no.

En un momento de la discusión que se ha mantenido en el hilo, Silvanus intentó justificar su argumentación dando a entender que la bibliografía básica podrían ser los apuntes personales que cualquiera haya podido confeccionar.

El texto mío que has entrecomillado y por el que me pides aclaración, se trata de la respuesta que quería dar a Silvanus. Intentaba explicar que, siendo este un foro eminentemente dedicado al grado de filosofía en la UNED, al hablar de "bibliografía básica" deberíamos entender lo que figura en cada asignatura de dicho grado. Que no vale entenderlo en sentido laxo queriendo meter los apuntes dentro de la noción de bibliografía básica.

Respecto a tu afirmación de que no se mira bien a quien quiera ofrecer lo que tiene me parece que no es muy acertada. Lo que no se mira bien es que alguien quiera compartir de manera ilícita lo que ha obtenido de manera ilícita, amparándose en el anonimato y desplazando la responsabilidad hacia quienes sí están compartiendo lo que tienen (tiempo y dinero; que el foro lo requiere)
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Bibliografia básica 12 Abr 2018 20:35 #43255

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Te equivocas. Tengo los apuntes que VICKYCS puede facilitar, y de ílicto más bien poco. Eso de "Que no vale entenderlo en sentido laxo queriendo meter los apuntes dentro de la noción de bibliografía básica", pues va a ser que yerras. Son las preguntas de los exámenes de otros años con respuestas, y material del profesor que puede encontrarse en Dialnet. (¡Muchas gracias, VICKYCS , porque me vienen muy bien como complemento!)

Por lo demás, estimado juan josé, tus aportaciones en este hilo han ido más a desmontar (de forma pobre, sinceramente) que a aportar algo. Cosas como : "...y cuando lo haces tú o los que defienden posturas similares a la tuya .... ¿qué es? ¿la voz del pueblo oprimido que se rebela contra la tiranía de los pérfidos censores?", o altitudes de pensamiento como: "...si algún día te "cazan" superando el límite de velocidad en carretera, cómo responden los de la DGT a tu interpretación de la norma" :lol: Pataletas de estudiante sin argumentos.

¿Acaso antes de irse, o de permanecer agazapado, el señor Conrado te ha pasado el argumentario del hombre-foro? Porque repetís siempre lo mismo: el mantra del anonimato versus nombre. Tanto tú como yo firmamos con nuestros emails, y en el mío sí que no puede existir trampa porque es de la UNED.

Saludos.
Última Edición: 12 Abr 2018 20:36 por Silvanus.
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Bibliografia básica 13 Abr 2018 11:55 #43256

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Lástima que además de traer entrecomilladas algunas frases mías no lo hayas hecho también con donde digo (o quizás se mas bien que interpretas que digo) que los apuntes de VICKYS son ilícitos.

En cualquier caso, creo que no tiene sentido que siga repitiendo lo mismo una y otra vez, mas allá de darte pie para que sigas mostrando tu fijación con Conrado (supongo que algo te habrá hecho,o no te ha hecho"

PD: La cuestión no es quien firme los correos, sino quienes son los responsables del foro. Puedes montar un sitio en internet, regístralo con tu nombre, apellidos y DNI y dedicarlo a vulnerar todas las normas que quieras... y luego ya nos cuentas tu valentía.
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